La Unión Europea quiere regular la protección de datos personales con la Directiva de Privacidad de Comunicaciones Electrónicas.

Esta directiva (Reglamento ePrivacy) se lanzó como propuesta el 10 de enero de 2017 y se pretendía aplicar en mayo junto con el RGPD, sin embargo, aún no está aprobada y de momento no hay vistas a un posible acuerdo.

Si se acepta, el presente Reglamento será aplicable al tratamiento de datos de todas las comunicaciones electrónicas llevadas a cabo en la Unión Europea.

Medidas principales de la nueva Directiva ePrivacy

– El consentimiento al tratamiento de datos de los usuarios por parte de las empresas ya no es obligatorio para que éstas ofrezcan sus servicios

Tal y como se explica en el punto 2 del Artículo 1:

“El presente Reglamento garantiza la libre circulación de datos de comunicaciones electrónicas y servicios de comunicaciones electrónicas en la Unión, que no será posible restringir ni prohibir por motivos relacionados con el respeto de la vida privada y las comunicaciones de las personas físicas y jurídicas y la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales”.

Este punto condensa la medida más polémica e importante de todas las que se recogen en el Reglamento ePrivacy: las empresas deben ofrecer sus servicios tanto si los usuarios aceptan el tratamiento de sus datos como si no.

Los consumidores de servicios como Skype, Whatsapp, Gmail, Messenger o Viber no tendrán que dar su consentimiento obligado para poder usar estas aplicaciones y los responsables no podrán impedirlo.

Por tanto, ya no valdrá ofrecer servicios a cambio de privacidad.

– Las cookies desaparecen dando prioridad a la configuración de privacidad del navegador

Imagen de una pizarra con una cookie dibujadaAdemás de la obligatoriedad de las empresas a ofrecer servicios a pesar de la negativa del consentimiento de datos, otra de las medidas propuestas en el Reglamento ePrivacy pasa por endurecer la normativa respecto a las cookies. A partir de su entrada en vigor ya no veremos el repetido mensaje de aceptación de cookies sino que los portales web se regirán por la configuración de privacidad del navegador del usuario. Si este tiene algún bloqueador de anuncios, los administradores de servicios web podrán ofrecerle peticiones para que los desactive. Esta medida también se aplicaría en el Internet de las cosas o en las apps.

¿Cuáles son las críticas que se han vertido sobre estas medidas?

A pesar de que estaba previsto aprobar esta normativa junto con el actual RGPD, de momento, no hay plazos previstos para su puesta en marcha. Algunos grupos de presión han criticado duramente las propuestas redactadas en el Reglamento y trabajan para que no salga adelante.

A grandes rasgos estas son algunas de las quejas que se derivan de las restricciones de la directiva:

  • Muchas apps desaparecerían al esfumarse su principal fuente de ingresos: aquellos que reciben por publicidad a cambio de datos de los usuarios. Lo mismo ocurriría con las start-up que operan tras las grandes corporaciones.
  • Puede suponer un gran obstáculo para la innovación ya que muchas empresas emergentes saldrían del mercado europeo y esto conllevaría pérdidas millonarias a la industria en Europa.
  • En definitiva, se cree que no es necesario llevar a cabo tantas restricciones si se trabaja aplicando correctamente el RGPD.

¿Proteger la privacidad o detener el avance en la industria digital?

Ilustración de un hombre sobre una pizarra sujetando unos elementos que hacen efecto dominóEn su contexto de propuesta la Directiva de Privacidad de Comunicaciones Electrónicas declara “Garantizar la protección de los derechos y libertades fundamentales, en particular el respeto de la vida privada, la confidencialidad de las comunicaciones y la protección de los datos personales en el sector de las comunicaciones electrónicas”. También “Incorpora en el Derecho derivado de la Unión el derecho fundamental al respeto de la vida privada en el sector de las comunicaciones, establecido en el artículo 7 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea”.

Dicho así parece que las razones son más que suficientes, sin embargo, como afirman desde algunos colectivos, puede suponer un varapalo tremendo en cuanto a innovación y progreso tecnológico y colocar a Europa en la cola de la transformación digital.

¿Cuál es vuestra opinión al respecto? El debate está servido.